los impuestos pueden clasificarse en:
- Impuestos Directos
- Impuestos Indirectos
- Impuestos Nacionales
- Impuestos Departamentales
- Impuestos Municipales etc.
Son
los gravámenes establecidos por ley que recaen sobre la renta, el ingreso y la
riqueza de las personas naturales y/o jurídicas, los cuales consultan la
capacidad de pago de éstas. Se denominan directos porque se aplican y recaudan
directamente de las personas que tienen el ingreso o el patrimonio gravado.”
IMPUESTOS INDIRECTOS
Son
gravámenes que recaen sobre la producción, la venta de bienes, la prestación de
servicios, las importaciones y el consumo. Estos impuestos no consultan la
capacidad de pago del contribuyente.”
Fines
fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad pública
de manera indirecta. Es decir, se recauda y lo producido de la recaudación (el
dinero) se aplica en gastos para financiar diversos servicios públicos.
Fines
extra-fiscales: es la aplicación de un impuesto para satisfacer una necesidad
pública o interés público de manera directa. El clásico ejemplo son los
impuestos a los cigarrillos y a las bebidas alcohólicas.
Fines
mixtos: es la finalidad de búsqueda conjunta de los dos fines anteriores.
IMPUESTOS NACIONALES
Son
los tributos emitidos por el poder ejecutivo y sometido a consideración del
congreso nacional para su aprobación, los cuales se hacen efectivos a partir de
la sanción presidencial y su correspondiente publicación en el diario oficial.
Son impuestos del orden nacional los siguientes:
1.
Impuesto al valor agregado (IVA):
2.
Impuesto de Renta
3.
Impuesto de Timbre Nacional
4.
Contribuciones Especiales
• IVA:
Es el
impuesto que se establece sobre toda la venta de bienes y servicios del
territorio Nacional. Se genera por: las ventas de mercancía que no hayan sido
excluidas, Los servicios prestados en el territorio y la mercancía importada.
• IMPUESTO DE RENTA:
La
base gravable para las personas naturales son sus ingresos ajustados por
deducciones y exenciones. Las tarifas del impuesto aumentan con el ingreso del
contribuyente como un mecanismo de equidad. En empresas, la tarifa tiende a ser
plana, es decir, es independiente de su tamaño o rentabilidad.
• IMPUESTO DE TIMBRE NACIONAL:
es el impuesto generado en la protocolización de todo contrato o instrumento publico incluido los títulos valores que se otorguen o acepten en el país suscritos entre particulares con el estado o entre particulares cuyo acto sea superior a 53.000.000 pesos y liquidado a la tarifa única del 1.5%
es el impuesto generado en la protocolización de todo contrato o instrumento publico incluido los títulos valores que se otorguen o acepten en el país suscritos entre particulares con el estado o entre particulares cuyo acto sea superior a 53.000.000 pesos y liquidado a la tarifa única del 1.5%
Son
contribuyentes las personas naturales o jurídicas, sus asimiladas, y las
entidades públicas no exceptuadas expresamente que intervengan como otorgantes,
giradores, aceptantes, emisores, o suscriptores en los documentos
• Las
contribuciones especiales son los gravámenes que establece el gobierno nacional
con el fin de cubrir necesidades específicas en el presupuesto de la nación.
a.
Impuesto para preservar la seguridad democrática
b.
Gravamen a los movimientos financieros
IMPUESTOS
DEPARTAMENTALES
•
Impuestos al consumo de cerveza, licores y cigarrillos y tabaco: Son bastante
elevados para desestimular el consumo lo que produce grandes problemas de evasión.
•
Impuesto al registro
•
Sobretasa a la gasolina
•
Impuesto a los vehículo
IMPUESTOS
MUNICIPALES
1.
Impuesto de Industria y Comercio: grava toda actividad industrial, comercial o
de servicios que se realiza en Bogotá en forma ocasional o permanente, con
establecimientos o sin ellos.
2.
Impuesto Predial unificado: Se grava a la propiedad o posesión de los inmuebles
ubicados en el Distrito Capital y que debe ser declarado y pagado por los
propietarios y poseedores de los predios. Por predio se entienden: locales,
parqueaderos, lotes, apartamentos, casa, etc. El impuesto se causa el 1 de
Enero de cada año hasta el 31 de Diciembre del respectivo año.
3.
Impuesto sobre vehículos automotores: Recae sobre los vehículos matriculados en
el Distrito Capital y su pago o periodo es anul, del 1 de Enero al 31 de
Diciembre de cada año.
4.
Sobretasa a la gasolina
5.
Impuesto de delineación urbana: Para expedir licencias de construcción,
ampliación, modificación, adecuación y reparación de obras y terrenos del
Distrito Capital.
6.
Impuesto de azar y espectáculos: El hecho generador de este impuesto está
constituido por la realización de uno de los siguientes eventos: espectáculos
públicos, apuestas sobre toda clase de juegos permitidos, rifa, concursos y
similares y venta por el sistema de clubes.
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